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Documento BOE-B-2010-7770

Anuncio de subasta notarial de don Rafael Gómez-Ferrer Sapiña, Notario del Ilustre Colegio de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2010, páginas 20515 a 20515 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2010-7770

TEXTO

Don Rafael Gómez-Ferrer Sapiña, Notario de Valencia,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en 46002-Valencia, calle San Vicente Mártir, 24, 7ª se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Piso segundo, puerta tres, de la casa en Valencia, calle Porvenir, 9. Superficie útil 69 m2, inscrita en el Registro-4, finca 1.592.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el día 29 de marzo de 2010, a las once horas, siendo el tipo base el de 158.646,13 euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el 26 abril de 2010, a las once horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el 21 de mayo de 2010, a las once horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 27 de mayo de 2010, a las once horas.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la primera y segunda subastas y en la tercera un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Valencia, 19 de febrero de 2010.- El Notario, don Rafael Gómez-Ferrer Sapiña.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Comunidad Valenciana
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Servicios.

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