Edicto
D./Dña. Virginio Sánchez Barberan, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,
Hago saber: que en fecha 23 de febrero de 2010 se ha dictado auto de conclusión del presente concurso de la mercantil López Gil y Casado Maestre, SLL, con CIF número B-53984225, que se sigue en estos Juzgados con el número 538/07-R siendo su parte dispositiva la siguiente:
Parte Dispositiva
1.-Se declara concluso el Concurso de Acreedores de López Gil y Casado Maestre, SLL, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.-Se acuerda la disolución de López Gil y Casado Maestre, SLL, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.
4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 26 de enero de 2010.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC
Modo de impugnación. Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Alicante, 23 de febrero de 2010.- El Secretario.
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