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Documento BOE-B-2010-9842

Resolución ECF/ 2010 de 5 de febrero de la Generalitat de Catalunya, Departament d´Economia i Finances, Serveis Territorials a Girona, Secciò d´Energia por la que se concede la autorización administrativa, la aprobación del proyecto ejecutivo y el reconocimiento de la utilidad pública de una instalación eléctrica en el término municipal de Sant Joan de les Abadesses (exp. 6.420/2009-AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 19 de marzo de 2010, páginas 29278 a 29281 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2010-9842

TEXTO

La empresa Lersa Electricitat, SL, con domicilio social en la calle Sant Pere, 6, de Ripoll ha solicitado la autorización administrativa, la aprobación del Proyecto de ejecución y el reconocimiento de la utilidad pública de la variante de la línea L-27, de media tensión a 20kV entre la arqueta 25 del centro de transformación Sant Joan 2 y el centro de transformación CT-73, Serrat de la Reia, en el término municipal de Sant Joan de les Abadesses.

La empresa presentó el Proyecto debidamente visado y se hizo la información pública preceptiva en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 5535, de 29 de diciembre de 2009.

En fecha 31 de marzo de 2009 la empresa Adif ha emitido informe favorable.

En fecha 2 de abril de 2009, la Señora Remei Cullell Roqué, presenta escrito de alegaciones en el que hace constar que la línea actual es de uso privado pero la cedió a Lersa Electricidad, SL y que la cesión fue exclusivamente de la línea y del centro de transformación, que el trazado debería ser más recto que el presentado y que Lersa Electricidad, SL, no ha cumplido los acuerdos de la cesión. En fecha 5 de junio de 2009, Lersa Electricidad, SL, da respuesta a las alegaciones presentadas y manifiesta que el objeto de la instalación es mejorar la calidad del servicio, que con esta nueva línea se hace una renovación tecnológica de las instalaciones, que el centro de transformación CT-74 no es solamente de uso exclusivo de la Señora Cullell sino que alimenta a otros usuarios, y en cuanto al trazado de la línea, se mirará de pasarla por el camino adjunto a la finca. En fecha 6 de agosto de 2009, el Señor Joan Capdevila Bassols, como mandatario de la Señora Remei Cullell Roqué, presenta un nuevo escrito en el que expone que el Proyecto no introduce ninguna modificación respecto al primero, que la construcción provocará cortes de suministro y que la ampliación no se hace por el punto más adecuado.

En fecha 15 de octubre de 2009 de Lersa Electricidad, SL, responde a las últimas alegaciones y dice que el trazado es el técnicamente mejor; que se buscará mejorar el trazado de la línea y adjunta copia de las condiciones especiales de la cesión, en las cuales se indica que se han cumplido todas ellas.

Visto que la empresa ha acreditado que su solicitud cumple lo que establece la normativa eléctrica y ha justificado debidamente en la memoria del Proyecto la necesidad de la instalación;

Dado que, de acuerdo con la Ley 54/ 1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por Ley 7/ 2007 de 4 de julio, de regulación del sector eléctrico, resultan de aplicación el Decreto 351/ 1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real decreto 1955/ 2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 1775/ 1967, de 22 de julio, sobre régimen de autorización, ampliación y traslado de industrias, así como los reglamentos técnicos específicos.

Dado que la competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye al director de los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas en Girona, de acuerdo con lo que establece el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la disposición primera del Decreto 506/ 2006, de 10 de diciembre, de reestructuración del Departamento de Economía y Fianzas, en relación con el Real decreto 1955/ 2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Por todo ello, resuelvo:

1. Autorizar a la empresa Lersa Electricitat, S.L. el Proyecto de instalación eléctrica que consiste en la variante de la L-27, de media tensión a 20kV entre la arqueta 25 del centro de transformación Sant Joan 2 y el centro de transformación CT-73, Serrat de la Reia, en el término municipal de Sant Joan les Abadesses.

2. Declarar el reconocimiento de la utilidad pública de la instalación.

3. Aprobar el Proyecto de ejecución, con las características siguientes:

Expediente: 6.420/2009-AT.

Término municipal: Sant Joan les Abadesses.

Características: variante de la línea L-27 de media tensión a 20 kV desde la arqueta 25 del centro de transformación Sant Joan 2 y el centro de transformación CT-73, Serrat de la Reia.

Origen: centro de transformación CT-73, Serrat de la Reia.

Final: arqueta 25 de la Ruta del Ferro.

Longitud: 98,5 metros.

Tensión nominal: 20 KV.

Número y tipos de circuitos: 1.

Número y tipos de conductor: 3 x Al 150.

Tipos de instalación: soterrada.

Finalidad: calidad y seguridad de las instalaciones.

Presupuesto: 9.460 euros.

La autorización queda sometida a las siguientes condiciones especiales:

1. Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran al Proyecto presentado por la empresa en fecha 17 de febrero de 2009, firmado por el ingeniero técnico industrial Cristòfor Juncá Peitiví y visado con el número 00753, de fecha 17 de febrero del 2009, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, y de acuerdo con los reglamentaciones técnicas preceptivas.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas eléctricas de alta tensión, y el resto de disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Se tendrán que cumplir los condicionantes impuestos por los organismos oficiales.

4. El plazo para la construcción y puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de un año contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya

5. Los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas en Girona podrán realizar, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y pruebas que considere necesarias respecto al cumplimiento de las condiciones de la presente Resolución. Con esta finalidad, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con la suficiente antelación, la fecha de inicio de las obras y su programación, las fechas de realización de las pruebas y cualquier incidencia relevante.

6. La empresa enviará a los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas en Girona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al Proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se adjuntarán las actas de pruebas y controles reglamentarios.

7. La empresa asegurará el correcto mantenimiento y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplen las condiciones reglamentarias de seguridad.

8. La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

9. Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras e instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Anexo

Abreviaturas utilizadas

FN= finca número; TD=titular y domicilio; PO= polígono número; PN= parcela número; SOS= superficie ocupación soportes (metros cuadrados) SOD= superficie de ocupación definitiva (metros cuadrados) SOT= superficie de ocupación temporal (metros cuadrados); CT= clase de terreno; US= uso de suelo; SP= servidumbre perpetua de paso (metros cuadrados); SV= servidumbre de vuelo (metros cuadrados)

Lista concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados

FN= 1; TD= M. Remei Cullell Roqué, Serrat de la Reia, Sant Joan de les Abadesses 17860; PO= 9; PN= 29; SOD= 36; SOT= 80; CT= rústica-prados; US= pastos; SP= 80

FN= 2; TD= M. Remei Cullell Roqué, Serrat de la Reia, Sant Joan de les Abadesses 17860; PO= 9; PN= 29; SOD= 24; SOT= 120; CT= camino rural; SP=120

Girona, 5 de febrero de 2010.- Francesc Revert i Higón, Director de los Servicios Territoriales en Girona.

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