Seccion Primera, Recurso 8/5585/07.
Requiérase al recurrente don Felipe Palomar Vallejo, para que en plazo de diez dias, se persone en el presente recurso de casación con Abogado y Procurador debidamente apoderado, a tenor de lo establecido en el art. 23.2 de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción, bajo apercibimiento de proceder al archivo del presente recurso de casación.
Madrid, 10 de marzo de 2010.- La Secretaria Judicial.
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