Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 4/2010, seguido a instancia de Inmuebles Gocal, S.L., se ha dictado Auto de fecha 27 de diciembre de 2010, en cuya parte dispositiva consta el tenor literal siguiente:
"Acuerdo la finalización del concurso de acreedores 4/2010, por la causa expresamente prevista en el artículo 176.1.3.º LC a instancia de Inmuebles Gocal, S.L., quedando la firmeza de la misma sometida a que en el plazo de un mes a contar de la presente resolución se aporte escrito de satisfacción extraconcursal entre la concursada y la mercantil Parkan Viviendas, S.L., cobre dación en pago del inmueble propiedad de la concursada relativo a la finca 69597 del Registro de la Propiedad de Las Palmas n.º 5, tomo 2712, libro 765 y folio 218, como consecuencia del contrato firmado entre las partes de fecha 3 de julio de 2002. Con el dinero consignado por la concursada hágase pago a los acreedores cuyos créditos estaban pendientes de pago."
Las Palmas de Gran Canaria, 11 de marzo de 2011.- Secretaria Judicial.
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