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Documento BOE-B-2011-11818

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2011, páginas 37977 a 37977 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-11818

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000218 /2010 se ha dictado a instancias de Cooperativa de Consumo Antonio López, en fecha 15 de marzo de 2011 auto de declaración de concurso voluntario y abreviado de la deudora Cooperativa de Consumo Antonio López, CIF F 06017214, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Santa Amalia (Badajoz).

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la deudora quedan intervenidas por la administración concursal que estará integrada por el Letrado don José Javier Torres Pereda, con domicilio en calle Príncipe de la Paz, 1, 1.B, 06001 Badajoz.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 de la Ley Concursal).

Badajoz, 16 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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