Contido non dispoñible en galego
Doña Carmen Belén de Vilches Martos, Secretaria sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Arganda del Rey.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 969/10 se ha dictado la siguiente sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Arganda del Rey, a veintinueve de diciembre de dos mil diez.
Vistos por mi, Jorge Montull Urquijo, Magistrado-Juez del Juzgado Instrucción número dos de Arganda del Rey, los presentes autos de Juicio de faltas inmediatas número 969/2010, en los que han sido partes el Ministerio Fiscal, don Nitu Georgiana en calidad de denunciado y don Juan Carlos Blanco de la Cruz en calidad de denunciante, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución, y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia,
Fallo.
Que debo condenar y condeno a don Nitu Georgiana como autor de una falta de hurto, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de cinco euros, con responsabilidad personal para el caso de impago, así como al pago de las costas procesales.
Notifíquese esta sentencia a las partes. Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación ante este mismo Juzgado y que será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a don Nitu Georgiana, actualmente en paradero desconocido, expido el presente.
Arganda del Rey, 2 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
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