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Documento BOE-B-2011-12766

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2011, páginas 41510 a 41510 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-12766

TEXTO

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 1225/2009, se ha acordado, mediante auto de esta fecha 7 de marzo de 2009, el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de las personas físicas Javier Aranda Hernández, con DNI 46.637.375-E y Judith Sonia Carrasco Martínez, con DNI número 46.967.684-H, ambos con domicilio en Vidreres, urbanización Aiguaviva parc, parcela Z-168, calle Llorer, 60, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: declarar la conclusión del procedimiento concursal de las personas físicas Javier Aranda Hernández y Judith Sonia Carrasco Martínez quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de los concursados.

Librese mandamiento al registro civil del nacimiento de los concursados haciendoles saber de la conclusión del concurso de Don Javier Aranda Hernández y Doña Judith Sonia Carrasco Martínez.

Líbrese mandamiento al registro de la propiedad de Santa Coloma de Farners, número 1, en relación con la finca 4.317 ordenándose la anotación de la conclusión del concurso en los folios registrales correspondientes.

Publíquese la conclusión del procedimiento concursal en el Boletín Oficial del Estado.

Así por este auto, lo acuerda, manda y firma Hugo Novales Bilbao, Magistrado titular de este Juzgado número 1 de Girona.

Contra la presente resolución no cabe recurso judicial alguno. Seguidamente se notifica a las partes la presente resolución. Doy fe.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal en relación con el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 7 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

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