El Juzgado de lo Mercantil número 9 de Madrid, anuncia:
1.- Se declara, por auto de fecha 04/04/11 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento concursal Voluntario con número de autos 531/09 del deudor "Vivar Cincuenta, S.L.", con domicilio en la C/ Comandante Zorita, nº 4, 28020 de Madrid y con CIF: B-82961459.
2.- Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 25 de mayo de 2011, a las 10:00 horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
3.- Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Aministración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 5 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
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