María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1.
El Juzgado de lo Mercantil de Santander anuncia: Que el procedimiento concursal concurso voluntario número 600/2009, referente al concursado "Fontanería, Calefacción, Gas Aral Cantabria, Sociedad Limitada", por auto de fecha 31 de marzo de 2011 ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 12 de enero de 2011, por no haber ninguna propuesta.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el sañalamiento de la Junta de acreedores para el día 5 de abril de 2011.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la L. C.
4.- De conformidad con el artículo 145,3 de la L. C., se declara la disolución de "Fontanería, Calefacción, Gas Aral Cantabria, Sociedad Limitada", así como el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la Administración concursal.
5.- Fórmese la Seccóon sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 31 de marzo de 2011.- La Secretaria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid