Don Juan José Pedraza Guerrero, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba),
Hago saber, que en mi Notaría, sita en Peñarroya-Pueblonuevo, plaza de Santa Bárbara, número dieciséis, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Entidad número dos.- Piso destinado a vivienda situado en la planta alta del edificio con acceso por la calle Carlos Rodríguez, número quince, primero, de Belmez; con una superficie útil de ciento setenta y cuatro metros y ochenta y un decímetros cuadrados, distribuidos en distribuidor, salón-comedor, cocina, despensa, lavadero, cuatro dormitorios, aseo y cuarto de baño. Y con una superficie construida total de doscientos cuatro metros y treinta y siete decímetros cuadrados. Linda por la derecha, entrando, con la cochera del mismo edificio; por la izquierda, la entidad número uno; y por el fondo o espalda, con vuelo de la entidad número uno. Cuota de participación: Cincuenta enteros por ciento.
Inscripción.- En el Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna, al tomo 731, libro 147, folio 77, finca número 10.842, inscripción primera.
Anuncio de subastas de la finca.- Tendrán lugar en mi Notaría. La primera subasta, el 9 de junio de 2011, a las doce horas, siendo el tipo base el de doscientos cincuenta y tres mil noventa y cinco euros con noventa céntimos (253.095,90 euros); de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el 30 de junio de 2011, a las doce horas, cuyo tipo será el setenta y cinco por ciento de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el 20 de julio de 2011, a las doce horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 21 de julio de 2011, a las doce horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de nueve a catorce horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subastas y en la tercera un veinte por ciento del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escritos en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Peñarroya-Pueblonuevo, 4 de mayo de 2011.- El Notario.
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