Contido non dispoñible en galego
Edicto
Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Girona
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan bajo número 206/2010 actuaciones de Concurso Voluntario abreviado numero 206/2010, de la Mercantil Compra i Conservació del Patrimoni, S.L., representado por la Procuradora Sra. Carme Peix Espigol, se ha dictado auto de fecha 11 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
Don Hugo Novales Bilbao, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número 1 de esta ciudad, ante mí el Secretario Judicial,
Acuerdo el archivo del presente procedimiento por inexistencia de bienes y derechos suficientes del concursado, no existiendo terceros responsables ni acciones de reintegración pendientes.
Acuerdo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se considera que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda en la presente resolución la extinción de la entidad declarada en concurso y se dispone el cierre de su hoja de inscripción, debiendo enviar el mandamiento correspondiente al Registro Mercantil de Girona, encontrándose inscrita al Tomo 1897, Folio 51, Hoja Gi-31578.
Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, debiendo otorgarse a esta resolución la publicación en BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
Así lo acuerda y firma Su Señoría. Doy fe.
Y para que sirva de publicidad del auto de fecha 11 de noviembre de 2010 libro el presente en
Girona, 7 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.
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