Contido non dispoñible en galego
Edicto.
Doña Basilia Jiménez Crespo, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 627/2009, por auto de fecha 17 de Marzo de 2.010, que tiene el carácter de firme, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por falta de bienes y derechos del concursado, don Julio Hervás Ortiz, DNI n.º 50.729.125-A, quedando responsable del pago de los créditos no satisfechos en este procedimiento universal, pudiendo iniciar los acreedores, ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado.
La declaración de concurso del deudor, dentro de los cinco años siguientes a la reseñada Resolución, tendrá la consideración de reapertura de éste procedimiento.
Guadalajara, 20 de diciembre de 2010.- Secretaria Judicial.
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