Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados, conforme establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo deben publicarse a efecto de notificación las resoluciones de los expedientes sancionadores que después se citan.
Contra las presentes resoluciones, cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transportes, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Número de expediente: IC/1454/2010. Sancionado: "Eceiza Urquia, Miren" NIF: 15259190R. Precepto infringido: Artículo 141.6 Ley 16/1987, de 30 de. julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho denunciado: Minoración del descanso semanal, en el período controlado que va desde las 15:26 horas a las 21:58 horas del día 06/06/2010, vehículo matrícula 1348-DTN. Cuantía de la sanción: 1.501 euros. La sanción ya ha sido pagada.
Madrid, 10 de mayo de 2011.- La Inspectora de Transporte Terrestre, Eloisa Panadero Talavera.
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