Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramita el Concurso Abreviado 000033/2009 - A de la mercantil Indebor, S.L., con C.I.F. número B-03356086 y con domicilio en el Polígono Industrial Cotes Baixes, calle G, nº 13, parcelas 4, 5 y 6, Alcoy, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1.271, Folio 63, Hoja A-5.127, inscripción 1.ª, en el que se ha dictado el 18-04-11 auto de fin de fase común y apertura de fase de liquidación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Parte Dispositiva
1.- Se acuerda poner fin a la fase común.
2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación
3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.
6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.
Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.
Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE por plazo de diez días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.
Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn). (...)
firmado y rubricado"
Alicante, 18 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
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