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Documento BOE-B-2011-16646

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2011, páginas 55497 a 55497 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-16646

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000057/11 se ha dictado a instancias de don Germán González Forteza, 43.034.810-Q, doña María del Carmen Hernández Marcos, con DNI 7.862.199-V, en fecha 14-02-2011, auto de declaración de concurso voluntario abreviado de los deudores don Germán Gonzalez Forteza y doña María del Carmen Hernández Marcos, cuyo centro de intereses principales lo tiene, en calle Jacinto Benavente, núm. 2-5, C. de Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo los deudores.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal desiganada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquir otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso origiales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 de la Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 16 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

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