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Documento BOE-B-2011-16765

Anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de notificación de la O.M. de 12 de abril de 2011, del deslinde d el tramo de costa correspondiente a las lagunas de La Mata y Torrevieja, en los términos municipales de Guardamar del Segura, Rojales, Torrevieja y Los Montensinos (Alicante). Ref. DES01/09/03/0002.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2011, páginas 55687 a 55687 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-16765

TEXTO

Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:

"I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos cuarenta y cinco mil doscientos siete (45.207) metros de longitud, correspondiente a las lagunas de La Mata y Torrevieja, en los términos municipales de Guardamar del Segura, Rojales, Torrevieja y Los Montesinos (Alicante), según se define en los planos de escala 1/1000, fechados el 25 de febrero de 2010, salvo las hojas Nº 8, 9, 10, 11, 16, 17, 18, 19, 33 y 34, fechadas el 20 de octubre de 2010 y firmados por el Jefe de la Sección Técnica y la Jefa del Servicio de Costas en Alicante.

II) Ordenar al Servicio Provincial de Costas de este Departamento en Alicante que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos incluidos en el dominio público marítimo-terrestre, que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."

Madrid, 12 de mayo de 2011.- El Subdirector General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, José Ramón Martínez Cordero.

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