Edicto.
Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente
Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000230/2010 - B sobre declaración de concurso de la mercantil Novelmar, S.L., se ha dictado con fecha 08-03-2011 auto que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
Parte Dispositiva:
1.- Se acuerda poner fin a la fase común.
2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.
6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.
Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.
8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente y gratuito en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.
Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.
Alicante, 9 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.
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