El Juzgado de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia: Que el procedimiento concursal número Apertura sección 354.05/2010, referente al conursado Albin Galán Empresa Constructora, por auto de fecha 4-5-2011 ha acordado lo siguiente:
1.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2.-Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 24-5-11.
3.-Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4.- Acordar la suspensión de la facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
La publicación tendrá el carácter de garatuito dada la insufciencia de bienes de la concursada y de la masa activa.
Jaén, 9 de mayo de 2011.- El/La Secretario Judicial.
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