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Edicto.
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero dos de Pontevedra, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero CNA 56/2011 se ha dictado a instancias del procurador Senen Soto Santiago, en fecha cinco de mayo de 2011, Auto de Declaración de Concurso del deudor Transportes José Areán, S.L., con C.I.F: B-36.448.942, cuyo domicilio social y centro de intereses principales lo tiene en Lalin, Calle Val do Carrio, número 10 (Pontevedra), y su domicilio actual en Lalin, lugar de Val do Carrio, número 19.
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de una mes a partir de la ultima fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresara nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias autenticas del titulo o los documentos relativos al crédito.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 Ley Concursal).
5º.- Ha sido nombrado administrador concursal el Auditor de Cuentas Carlos Rodríguez Alba, con D.N.I; 32.767.369-M.
Pontevedra, 5 de mayo de 2011.- Secretario Judicial.
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