Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el Concurso de Acreedores (Voluntario, Abreviado) n.º 363/09-D de la mercantil Nucia Hills Construcciones, S.L. (domiciliada en Urbanización Azagador II, Carrer Serra del Reclot, 35, 03530 La Nucia -Alicante-, C.I.F. n.º 53303350, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2146, Folio 30, Sección 8, Hoja A-49.154), procedimiento, en cuyo seno, con fecha 12-05-2011, se ha dictado Auto Parte Dispositiva es del tenor siguiente:
"1.- Se acuerda poner fin a la fase común.
2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de la deudora sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal
5.- Preséntese por el Administrador Concursal, en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.
6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.
Dentro de los cinco días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la Administración Concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.
8.- Notifíquese la presente resolución a la concursada y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la Administración Concursal.
Entréguense los despachos acordados al procurador Sr. Fernández Arroyo para que cuide de su diligenciado.
9.- Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC.
Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC...".
Y para su conocimiento general y su inserción en el BOE, se expide y firma el presente.
Alicante, 12 de mayo de 2011.- Doy fe. La Secretaria judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid