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Documento BOE-B-2011-18338

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2011, páginas 61644 a 61644 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-18338

TEXTO

Edicto.

Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número uno de Valladolid, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 153/2011 Sección I Declaración Concurso se ha dictado a instancias de Autobombas de Hormigón Valladolid, S.L., en fecha 16 de mayo de dos mil once auto de declaración de concurso voluntario del deudor Autobombas de Hormigón Valladolid, S.L., con CIF B-47423215, cuyo centro de intereses principales y domicilio social lo tiene en Valladolid, Camino de las Arenas s/n.

Segundo.- Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 17 de mayo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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