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Documento BOE-B-2011-19574

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2011, páginas 65811 a 65811 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-19574

TEXTO

Edicto.

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000108/2011 se ha dictado a instancias de la Procuradora Sra. Martín Castizo en nombre y representación de "Tecnometal Extremadura, S.L." en fecha de 11 de mayo de 2011, auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Tecnometal Extremadura, S.L.", con C.I.F. B-06389316, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Aceuchal, n.º 4, de Almendralejo (Badajoz).

2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición de la empresa concursada quedan intervenidas por la administración concursal, integrada por el Letrado don Mateo Giralt Ramírez, con domicilio en la calle Juan Carlos I, 8.º-A (Badajoz).

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 11 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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