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Documento BOE-B-2011-19755

GUADALAJARA

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 13 de junio de 2011, páginas 66093 a 66093 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-19755

TEXTO

En el procedimiento 960/2007 se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 184/08.

En Guadalajara, a 18 de septiembre de 2008.

Vistos por don Alvaro Carrión Matamoros, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número 5 de los de este partido, los presentes autos de divorcio contencioso, registrados con el número 960/07, y seguidos a instancia de doña Carmen Carreto Loeches, representada por la Procuradora doña Alicia Carlavilla Beltrá, y asistida por la Letrado doña María Isabel Martínez Gómez, contra Andrés Aguirre Avendaño, declarado en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Carmen Carreto Loeches, representada por la Procuradora doña Alicia Carlavilla Beltrá, contra don Andrés Aguirre Avendaño, declarado en situación de rebeldía procesal en este procedimiento, debo acordar y acuerdo la disolución, por divorcio, del matrimonio de los expresados, con todos los efectos legales que tal pronunciamiento lleva consigo.

No se hace especial pronunciamiento en materia de costas, debiendo cada parte satisfacer las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de 5 días contados desde el siguiente a la notificación de la misma y de conformidad con lo establecido en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Una vez firme la presente resolución librese el mandamiento oportuno al Registro Civil a fin de que se proceda a su inscripción al margen de la de nacimiento conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Registro Civil.

Así por esta mi setencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Andrés Aguirre Avendaño, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Guadalajara, 15 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

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