El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia:
Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Ordinario 553/10 referente a la entidad concursada Altamira, S.L., con CIF B-37050432 y con domicilio social en c/ Asaderia, n.º 9-19, bajo, de Salamanca, por auto de fecha 1 de junio de 2011 ha acordado lo siguiente:
Primero.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 16 de marzo de 2011, por no haberse admitido en Junta de Acreedores la propuesta de convenio presentada por el deudor, al no poder constituirse por falta de quórum.
Segundo.-Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.2º de la Ley Concursal.
Tercero.-Declarar la disolución de la referida sociedad cesando en sus funciones los administradores sociales y sustitución por la Administración Concursal designada en este procedimiento.
Cuarto.-Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la Ley Concursal.
Quinto.-Formar la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.
Dentro de los diez días, siguientes a la última publicación de esta resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección de Calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Salamanca, 1 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid