Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, anuncia:
Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado número 179/2009 referente a la concursada doña Rafaela Valenzuela Cuevas, con CIF 30.402.854-M y domicilio en calle Marte, n.º 3, 2-1, de Córdoba, por auto de fecha 13 de diciembre de 2010 se ha acordado lo siguiente:
1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la deudora doña Rafaela Valenzuela Cuevas.
2. Se abre la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de esta resolución, formándose la sección quinta.
3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC.
4. Se declara extinguido el derecho de alimentos del concursado con cargo a la masa activa.
5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
Inscribase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro de la Propiedad n.º 4 de Córdoba y al Registro Civil.
6. En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
7. Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.
Córdoba, 13 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
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