Por el presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y desconociéndose el último domicilio del interesado, se le notifica que puede retirar el Acuerdo de iniciación del expediente en el despacho del Instructor (Dirección General del Tesoro y Política Financiera, Paseo del Prado, 6, 2.ª, 1, Madrid), dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de este anuncio. En el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación, podrá efectuar las alegaciones que estime pertinentes, pudiendo solicitar cuantas pruebas en derecho estime convenientes, advirtiéndosele que de no hacerse se propondrá la oportuna resolución.
Se ha formulado Acuerdo de Iniciación en los siguientes expedientes sancionadores:
INTERESADO |
N.º EXPTE. |
CONCEPTO |
Yuli Sun |
156/2011 |
Infracción L. 10/2010, de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. |
Akhtar Mahmood |
173/2011 |
Infracción L. 10/2010, de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. |
Gregory Pierre Tapiau |
184/2011 |
Infracción L. 10/2010, de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. |
Mario Enrique Quiceno Salabarrieta |
195/2011 |
Infracción L. 10/2010, de 28 de abril de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. |
Madrid, 20 de junio de 2011.- Raquel Cabeza, Vocal Asesora, Subdirección General de Inspección y Control de Movimientos de Capitales, Madrid.
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