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Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario 817/10, en el que recayó Auto de fecha 31 de mayo de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
Se aprueba el Plan de Liquidación anticipado propuesto por la procurador D. Manuel Lanchares Perlado, en nombre y representación de Trofeu Servicios e Investimentos Lda, en los términos previstos por la concursada, y con las modificaciones contenidas en esta resolución, con apertura de la fase de liquidación.
Se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores sociales que serán sustituidos por la Administración Concursal.
Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Fórmese la sección 6.ª de calificación del concurso.
Se concede el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se realice de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 30 de mayo de 2011.- La Secretario Judicial.
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