En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en fecha 24 de mayo de 2011, se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad "Canarias Submarine Link, S.L. (Canalink)" para la ocupación de dominio público portuario en la Zona II de aguas del Puerto de Santa Cruz de La Palma, al objeto de instalar un cable submarino de telecomunicaciones, bajo entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto que se establecen en el Pliego:
- Plazo: Veinticinco (25) años.
- Tasa de Ocupación, cuyo importe anual, calculado para el presente año, asciende a la cantidad de quinientos sesenta y nueve euros con setenta y dos céntimos (569,72 €), con sujeción a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, en la redacción dada por la Ley 33/2010, de 5 de agosto.
- Tasa de Actividad, cuyo importe anual, calculado para el presente año, asciende a la cantidad de doscientos nueve euros con cincuenta y cuatro céntimos (209,54 euros), con sujeción a lo dispuesto en el artículo 11 de la citada Ley 48/2003.
Lo que se publica para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 17 de junio de 2011.- El Presidente, Pedro Rodríguez Zaragoza.
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