Don José Andrés Vázquez Travieso, Notario del Ilustre Colegio de Extremadura, con residencia en Jaraíz de la Vera,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Jaraíz de la Vera, Avenida de la Constitución número 54-A, 1.º-A, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana.- Finca especial número siete.- Piso Letra B, destinado a vivienda, en la planta segunda, en la Avenida de la Constitución número 51, en término de Jaraíz de la Vera (Cáceres); con una superficie útil de setenta y seis metros y cincuenta y siete decímetros cuadrados, y construida de noventa y dos metros y veintitrés decímetros cuadrados.
Linda: Frente, pasillo y hueco de escalera y piso letra A; derecha, finca matriz y patio de servidumbre recíproca con dicha matriz; izquierda, piso letra C, descrito con el número ocho, y espalda, calle de comunidad que a su vez linda con finca matriz.
Cuota: Cinco enteros y ochenta centésimas por ciento.
Título: El de compra a doña María Josefa Rodríguez Jiménez e hijas mediante escritura otorgada ante don Fernando Gutiérrez Valdenebro, Notario de Jarandilla de la Vera como sustituto legal de la Notaría de Jaraiz de la Vera por vacante, el día 29 de junio de 2004, número 880 de protocolo.
Inscripción: Registro de la Propiedad de Jarandilla de la Vera, tomo 756, libro 111, folio 31, finca número 6.203.
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría. La 1.ª subasta el 29 de julio de 2011 a las once horas, siendo el tipo base el de ochenta mil quinientos dos euros con diez céntimos (80.502,10 euros); de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el 26 de agosto de 2011 a las once. horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el 23 de septiembre de 2011 a las once horas sin sujeción a tipo, y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 30 de septiembre de 2011 a las once horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el Justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Jaraiz de la Vera, 30 de junio de 2011.- Notario.
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