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Documento BOE-B-2011-23445

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 13 de julio de 2011, páginas 77231 a 77231 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-23445

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 243/2011 se ha dictado a instancias de Aplinaval Pinturas e Instalaciones, Sociedad Limitada en fecha 28 de junio de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Aplinaval Pinturas e Instalaciones, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-27728120, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Folio 170, del Tomo 3550, de la Sección 8, hoja número PO-47905, inscripción primera, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Colón, número 7 – 3º, oficina número 9 – Vigo.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 28 de junio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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