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El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 Madrid, anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento concursal n.º 425/08, seguido respecto de Z`08 AGUA & OCIO, S.L., se ha dictado el día 29/06/11 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 23 de mayo. Contra dicha sentencia cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo de cinco días.
Segundo.-La Sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de las normas que regulan los convenios y las adhesiones en dicho precepto legal. El Convenio está de manifiesto en la Secretaria de este Juzgado para quien acrediten interés en su conocimiento.
Tercero.-Se hace constar que se ha acordado formar la sección 6.ª de calificación y que dentro de los 10 días siguientes a la última de las publicaciones que se hubieran dado a la resolución judicial de aprobación del convenio cualquier acreeedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte de dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 29 de junio de 2011.- Secretario Judicial.
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