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Edicto.
EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastian, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 557/2010, en el que figura como concursado Juan Jose Olloquiegui Zubillaga se ha dictado el 28/06/2011 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Juan José Olloquiegui Zubillaga y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 7-6-2011.
2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.
El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en Boletin Oficial del Estado.
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia-San Sebastián, 28 de junio de 2011.- D.ª Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria Judicial.
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