Don Luis Peche Rubio, Notario de Sevilla, perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, con residencia en Sevilla,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Sevilla, calle Martín Villa, número 3, primera planta, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a instancia de la Entidad Cajasol, en la actualidad Banca Cívica, de treinta y dos fincas hipotecadas, todas del Registro de la Propiedad número uno de los de Sanlucar La Mayor, que son parcelas de terreno, sitas en la Parcela denominada RA.2.4. de la Unidad de Ejecución Dos del Plan Parcial del Sector Residencial Oeste PPRO de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Carrión de los Céspedes, de Sevilla, y que son las siguientes fincas registrales: 4.401, 4.404, 4.405. 4.407, 4.412, 4.413, 4.414, 4.415, 4.416, 4.417, 4.418, 4.420, 4.422, 4.423, 4.425, 4.426, 4.429, 4.430, 4.431, 4.432, 4.433, 4.434, 4.435, 4.437, 4.438, 4.439, 4.440, 4.444, 4.445, 4.446, 4.447 Y 4.448.
Procediendo la subasta de las fincas, se hacen saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría: La primera subasta el día 23 de agosto de 2011, a las 10.00 horas, siendo el tipo de base el de:
- Doscientos treinta y cinco mil setecientos veintiocho euros, con cincuenta y cinco céntimos (235.728,55 €) para la registral 4.401.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.404.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.405.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.407.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.412.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.413.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.414.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.415.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.416.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.417.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.418.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.420.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.422.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.423.
- Doscientos treinta y cinco mil setecientos veintiocho euros, con cincuenta y cinco céntimos (235.728,55 €) para la registral 4.425.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.426.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.429.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.430.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.431.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.432.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.433.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.434.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.435.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.437.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.438.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.439.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.440.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.444.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.445.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.446.
- Doscientos veinticuatro mil setecientos noventa y un euros, con treinta y seis céntimos (224.791,36 €) para la registral 4.447.
- Doscientos treinta y cuatro mil novecientos veintinueve euros, con treinta y nueve céntimos (234.929,39 €) para la registral 4.448.
De no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta, el día 19 de septiembre de 2011, a las 10.00 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 del correspondiente a la primera; y en los mismos casos, la tercera subasta, el día 17 de octubre de 2011, a las 10.00 horas, sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor, el día 24 de octubre de 2011, a las 10.00 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 13 horas.
Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.
Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta y en la tercera subasta deberán consignar un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
En Sevilla, 5 de julio de 2011.- El Notario: Don Luis Peche Rubio.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid