Edicto
D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,
Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento Concursal número 85/2010, seguido en virtud de la declaración de concurso de la entidad AUTO CRIS S.L, se ha dictado Auto el 3 de junio de 2011, por la Magistrada-Juez Titular doña Ana Fernández Arranz, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Dispongo:
1. Se aprueba la propuesta de liquidación anticipada formulada por la concursada, AUTO CRIS, S.L., CIF B38042610, y se acuerda la apertura de la fase de liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso.
2. Se suspenden a la concursada las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio
3. Se acuerda la disolución de la sociedad y el cese de los administradores, que serán sustituidos por la administración concursal
4. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil a fin de que se hagan constar tales circunstancias en la hoja abierta a la concursada
5. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones
Fórmese la sección 5.ª de liquidación y la sección 6.ª de calificación.
De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, que será gratuita.
Cada tres meses a contar desde la presente resolución, la Administración concursal informará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado -artículo 152 LC-.
Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación." (siguen firmas).
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo) en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo la presente.
Santa Cruz de Tenerife, 3 de junio de 2011.- El Secretario.
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