Contido non dispoñible en galego
Edicto
Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,
Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso ordinario - 26/2009 - D, de la mercantil Promociones Garsan 2007, Sociedad Limitada, en cuyo seno, con fecha veintidós de septiembre de dos mil diez, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.- Se acuerda poner fin a la fase común.
2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.
3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.
5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo ciento cuarenta y ocho de la Ley Concursal.
6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concúrsales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo ciento sesenta y siete de la Ley Concursal.
Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Artículo ciento sesenta y ocho de la Ley Concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo ciento sesenta y nueve de la Ley Concursal.
8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.
Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal..."
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.
Alicante, 22 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.
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