De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y no habiendo podido notificar a D. Eduardo de Miguel García, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que, con fecha 25 de noviembre de 2010, se ha dictado, por el Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, en las actuaciones previas al expediente que en su caso se incoe, requerimiento previo de desalojo por las causas contempladas en el artículo 10.1, letras b) y e), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.4 de la citada Ley, mediante el presente escrito se le requiere para que procedan a desalojar voluntariamente la citada vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, dado que en caso contrario, al amparo de los previsto en el artículo 10.4 "in fine" de la Ley 26/1999, de 9 de julio, se incoará el correspondiente expediente administrativo.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, calle Isaac Peral, número 32 de Madrid, o en las dependencias de la Subdelegación de Defensa correspondiente.
Madrid, 21 de enero de 2011.- La Jefe de la Subunidad de Expedientes, Cristina Úbeda Murillo.
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