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EL Juzgado de lo Mercantil 1 de Málaga anuncia:
Que el procedimiento concursal número 561/2008, referente al concursado Construcciones y Promociones Guadalmedina 2000, S.L., por auto de fecha 1 de julio de 2011 ha acordado los siguiente:
1.- Dejar sin efeco la fase de convenio acordada por auto de 12 de abril de 2011, por no haberse admitido ninguna propuesta, de convenio.
2.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 °de la LC.
3.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4.- En el plazo de diez días siguientes a la publicación de este Edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.
Málaga, 1 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.
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