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Documento BOE-B-2011-25293

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana referente al acuerdo de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados para la ejecución de la obra de protección de márgenes de cuencos de amortiguación en el río Jabalón, aguas abajo de las presas de La Cabezuela y de La Vega del Jabalón. Término municipal de Calzada de Calatrava (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2011, páginas 80560 a 80561 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-25293

TEXTO

El 20 de junio 1989 fue aprobado el proyecto de ejecución de la obra de la presa de la Vega del Jabalón. Posteriormente, con fecha 14 de diciembre de 2010 la Dirección General del Agua autorizó la ejecución de la obra de emergencia para la protección de márgenes de cuencos de amortiguación aguas debajo de las presas de la Cabezuela y de la Vega del Jabalón (Ciudad Real), teniendo las obras a ejecutar la consideración de obra hidráulica de interés general, conforme a lo dispuesto en los artículos 46.1.a) y 130.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, la relación de bienes y derechos afectados se sometió a información pública en los distintos diarios oficiales, publicándose el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real el 13 de mayo de 2011.

Con fecha 5 de mayo de 2011se publicó en el diario Regional La Tribuna de Ciudad Real.

Con fecha 6 de mayo de 2011 el citado anuncio se publicó en el Boletín Oficial del Estado.

Igualmente el anuncio se remitió al Ayuntamiento de Calzada de Calatrava, siendo expuesto al público durante el plazo de quince días (del 9 al 25 de mayo de 2011).

Durante el trámite de información pública de la relación de bienes y derechos a expropiar no se presentaron alegaciones.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 19.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, con fecha 30 de junio de 2011 el Abogado del Estado emitió informe favorable sobre la necesidad de ocupación.

En el presente expediente se han cumplido cuantos trámites lleva consigo la información pública, estando acreditada por consiguiente la necesidad de ocupación de los bienes realizados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la citada Ley de Expropiación Forzosa.

Visto el artículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el artículo 33 del Real Decreto 927/1988, de 29 julio y una vez cumplidos los demás trámites que establece la Ley de Expropiación Forzosa, la presidencia de este Organismo, declara la necesidad de la ocupación de los bienes y derechos para poder ejecutar las obras de referencia:

Finca

Políg.

Parc.

Propietario/Domicilio

Sup. catastral (Ha)

Cultivo existente

Ocup. definitiva (Ha)

Ocup. temporal (Ha) (2 cosechas)

1

3

100

MOLINA ALCAIDE, Mª LUZ

1,2555

LABOR SECANO

0,3845

0,3845

Avda. Ciudad de Barcelona, 204, 2º C - MADRID

2

3

99

MOLINA ALCAIDE, MODESTA

1,3007

LABOR SECANO

0,3539

0,3539

c/ Vicente Mortes, 10 - PATERNA (Valencia)

3

3

98

MOLINA FLOX, CRÍSPULO

1,3893

LABOR SECANO

0,3694

0,3694

c/ Calvo Sotelo, 88 - ALDEA DEL REY (C. Real)

4

3

97

MOLINA ALCAIDE, SECUNDINO

1,5999

LABOR SECANO

0,1163

0,1163

c/ Oriente, 12 - ALDEA DEL REY (C. Real)

5

3

96

MOLINA FLOX, SECUNDINO

2,7132

LABOR SECANO

0,0660

0,0660

c/ Escopetería, 6 - ALDEA DEL REY (C. Real)

6

4

98

MOLINA MORENA, PABLO

1,9518

LABOR SECANO

0,0798

0,0798

c/ Ermitas, 5 - ALDEA DEL REY (C. Real)

7

4

97

PARDO ALAÑÓN, HROS. DE LORENZO

2,4163

LABOR SECANO

0,1150

0,1150

c/ Arroyo, 5, 1º C - TORREJÓN DE ARDOZ (Madrid)

8

4

96

PARDO ALAÑÓN, NICOLASA

2,3591

LABOR SECANO

0,1448

0,1448

c/ Estación Vía Crucis, 11, 3º B - CIUDAD REAL

9

4

95

DONOSO PARDO, JOSEFA

1,4163

LABOR SECANO

0,0680

0,0680

c/ Polvorín, 15 - PALMA (Baleares)

10

4

94

DONOSO PARDO, JOSEFA

1,2237

LABOR SECANO

0,0701

0,0701

c/ Polvorín, 15 - PALMA (Baleares)

11

4

150

DONOSO PARDO, JOSEFA

1,5710

LABOR SECANO

0,0679

0,0679

c/ Polvorín, 15 - PALMA (Baleares)

12

4

93

MOLINA MORENA, PABLO

2,3206

LABOR SECANO

0,1525

0,1525

c/ Ermitas, 5 - ALDEA DEL REY (C. Real)

13

4

105

PARDO ALAÑÓN, FELICIDAD

0,6148

LABOR REGADÍO

0,2376

0,2376

c/ Dolores Barranco, 33, 1º

La presente Resolución no agota la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante la Ministra de Medio Ambiente, y del Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes a partir de su notificación en la forma que establece el artículo 114 de la Ley 4/1999, de 13 de enero modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Badajoz, 7 de julio de 2011.- El Secretario General, Manuel Cobo Sánchez.

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