Contido non dispoñible en galego
La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, establece en su artículo 3 que corresponde a las Comunidades Autónomas, en los términos previstos en dicha Ley, otorgar los permisos de investigación de hidrocarburos cuando afecten a su ámbito territorial.
Asimismo, su Título II establece el régimen jurídico de la investigación de los yacimientos de hidrocarburos y determina el procedimiento para el otorgamiento de los permisos de investigación de hidrocarburos. Este procedimiento incluye la publicación en el BOE y en el BOPV de las solicitudes realizadas por aquellos interesados que cumplan con los requisitos establecidos para ser titulares de permisos de investigación de hidrocarburos.
La empresa "Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A." y "Petrichor Euskadi Coöperatief UA Sucursal en España", han solicitado con fecha 10 de junio de 2011, el permiso de investigación de hidrocarburos denominado "Landarre", delimitado por las siguientes coordenadas con longitudes referenciadas al meridiano de Greenwich:
Expediente 4: Permiso "Landarre", de 37.314 hectáreas, situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco y cuyos límites son:
VÉRTICE |
LATITUD |
LONGITUD |
1 |
43° 15' 00'' |
2° 20' 00'' |
2 |
43° 15' 00'' |
2° 05' 00'' |
3 |
43° 05' 00'' |
2° 05' 00'' |
4 |
43° 05' 00'' |
2° 20' 00'' |
Lo que se hace público a los efectos señalados en el artículo 17 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, para que en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del País Vasco puedan presentarse ofertas en competencia o puedan formular oposición quienes se consideren perjudicados en su derecho.
Vitoria-Gasteiz, 15 de junio de 2011.- El Director de Energía y Minas, Oskar Zabala Rabadán.
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