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Documento BOE-B-2011-26337

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 4 de agosto de 2011, páginas 82037 a 82037 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-26337

TEXTO

Edicto.

Don/doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de Concurso 405/2010 se ha dictado a instancias de la Procuradora Señora Villot Sánchez en nombre y representación de Fundación Ciclismo Galego en fecha 19 de julio de 2011 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor cuya denominación actual es Destino Brasil Inversiones, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36.942.027, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Rua Arenal 4, 1º, Vigo.

Segundo.- El deudor conserva, por ahora, las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas respecto a los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso, a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad, debiendo la administración concursal, transcurrido el plazo necesario, informar a este órgano judicial sobre la conveniencia de mantener este régimen, sin perjuicio de su facultad de solicitar la modificación en cualquier momento.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 19 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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