Con fecha de 22 de diciembre de 2010, el Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras, por delegación del Ministro de Fomento (Orden 30-5-96), ha resuelto:
1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado: "Nuevo enlace entre la autovía A-66 y las carreteras N-630 y ZA-100 y reubicación del área de descanso del punto kilométrico 13+000 al punto kilométrico 14+000. Tramo: A-6 (Castrogonzalo) - Santovenia", por su Presupuesto de Licitación estimado de 2.384.908,06 euros que no incluye la cantidad de 429.283,45 euros en concepto de IVA (18 %), con las siguiente condiciones a cumplimentar en el proyecto de construcción:
1.1. Se deberán cumplimentar las prescripciones impuestas en la Resolución de aprobación provisional del proyecto de trazado de 28 de julio de 2010.
1.2. Se deberán cumplimentar las prescripciones impuestas en la Resolución de aprobación definitiva del proyecto de trazado "Autovía de la Plata A-66. Tramo: A-6 (Castrogonzalo) - Santovenia" que pudieran afectar al proyecto objeto de esta aprobación.
1.3. Se deberá tener en cuenta la solución coordinada con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Zamora de la Junta de Castilla y León en lo que se refiere a la modificación puntual del eje 1 y la construcción bajo éste, debida a la reposición de las vías pecuarias afectadas (con una superficie mínima de 11.850 m²), de una nueva estructura de paso inferior de dimensiones mínimas de 8x3 metros.
1.4. Se deberá elaborar un anejo de reposición de caminos, que se remitirá posteriormente al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Zamora de la Junta de Castilla y León para su conocimiento.
1.5. Se deberán revisar y completar el anejo de expropiaciones y el resto de documentos del proyecto con la especificación puesta de manifiesto en el expediente de información pública relativa a la existencia de un arrendatario, con el fin de componer una relación de afectados y características de los bienes expropiados veraz y completa, recabando para ello la documentación necesaria.
1.6. Se deberán tener en cuenta en el proyecto de construcción las condiciones establecidas por la Confederación Hidrográfica del Duero en su informe-resolución de fecha 24 de noviembre de 2010 de autorización de las obras en el cauce del río Valdevete.
1.7. Se proseguirá la tramitación de la reposición de servicios de acuerdo con lo estipulado en la Circular sobre "Modificación de servicios en los proyectos de obras", de 7 de marzo de 1994.
1.8. Se adaptará el proyecto, en la medida de lo posible, a los criterios de eficiencia que rigen actualmente en el Ministerio de Fomento.
2. Ordenar que por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental se dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 31 y 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental que lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y en un diario de gran circulación de dicha provincia.
4. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Valladolid, 14 de enero de 2011.- El Jefe de la Demarcación: Don Jorge E. Lucas Herranz.
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