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Documento BOE-B-2011-26640

Anuncio de Corrección de errores de la Resolución de 27 de julio de 2011, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se anuncia la licitación, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, para la contratación de una consultoría para el análisis, desarrollo e implantación del sistema de información regulatoria de costes para la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 6 de agosto de 2011, páginas 82482 a 82483 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2011-26640

TEXTO

Advertidos errores en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del procedimiento de referencia, el Presidente de la Comisión Nacional de Energía, en nombre y representación de la Comisión Nacional de Energía, con nombramiento efectuado en virtud del Real Decreto 1071/2011, de 15 de julio ("BOE" 16 de julio de 2007), y mediante avocación de competencia para este acto al concurrir las circunstancias previstas en el artículo 14.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por ausencia del Gerente de la Comisión Nacional de Energía quien tiene delegadas las competencias por Resolución adoptada por la Presidencia de la Comisión Nacional de Energía de 7 de marzo de 2006 ("BOE" 13 de abril de 2006), ha resuelto, al amparo del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, proceder a la corrección de los mismos, de la siguiente forma:

En la página 21, la redacción de la cláusula 26 debe sustituirse por el siguiente texto:

26. Incompatibilidad

Durante la duración del contrato y en el plazo de dos años a contar desde la finalización del mismo el adjudicatario no podrá realizar por sí o por medio de otras sociedades que formen parte de su grupo ningún proyecto de consultoría/auditoría para las empresas del sector eléctrico. Esta incompatibilidad se aplica asimismo a todo el personal técnico designado para la ejecución del presente contrato en cualquiera de sus fases.

Para ello, el adjudicatario deberá aportar mensualmente declaración responsable a la CNE de los proyectos de consultoría/auditoría que esté realizando con las empresas del sector eléctrico con la finalidad de que la CNE evalúe la posible concurrencia de incompatibilidad.

Adicionalmente, una vez transcurrido dos años desde la fecha de finalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar declaración responsable al órgano de contratación de la CNE manifestando que no ha incurrido a la fecha de emisión ni por sí ni por parte de su personal técnico designado para la ejecución del presente contrato en cualquiera de sus fases en incompatibilidad, en los términos definidos en la presente cláusula.

Las obligaciones contenidas en la presente cláusula tienen el carácter de esenciales, por lo que su incumplimiento será causa suficiente para la resolución del contrato.

En la página 4, cláusula 9, donde dice: "El plazo de admisión de proposiciones finalizará el día 20 de septiembre de 2011", debe decir: "El plazo de admisión de proposiciones finalizará el día 30 de septiembre de 2011".

En la página 13, cláusula 15, donde dice: "La Mesa de Contratación, en acto público, a celebrar el día 3 de octubre de 2011, a las 11:30 horas, …", debe decir: "La Mesa de Contratación, en acto público, a celebrar el día 14 de octubre de 2011, a las 11:30 horas, …".

En la página 14, cláusula 15, donde dice "La Mesa de Contratación, en acto público, a celebrar el día 17 de octubre de 2011, a las 11:30 horas, …", debe decir "La Mesa de Contratación, en acto público, a celebrar el día 28 de octubre de 2011, a las 11:30 horas, …".

Asimismo, advertidos errores en la Resolución de 27 de julio de 2011, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se anuncia la licitación, por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, para la contratación de una consultoría para el análisis, desarrollo e implantación del sistema de información regulatoria de costes para la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 181, de 29 de julio, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el apartado 8, a) donde dice: "20 de septiembre", debe decir: "30 de septiembre"

En el apartado 9, d), donde dice: "3 de octubre", debe decir: "14 de octubre"

Madrid, 4 de agosto de 2011.- El Presidente de la Comisión Nacional de Energía, en virtud de avocación por ausencia del Director Gerente, Alberto Lafuente Félez.

ANÁLISIS

Tipo:
Concurso de Consultoria y Asistencia
Ámbito geográfico:
Comunidad de Madrid
Materias:
225 Informática,
Observaciones:
Corrige texto/plazo/apertura del anuncio núm. 61175 (BOE núm. 181, de 29 de julio de 2011).

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