J. Julio Romeo Maza, Notario del Ilustre Colegio de Castilla y León, con residencia en Burgos,
Hago saber: Como consecuencia del procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca seguido en esta Notaría (número provisional de expediente 1/2.011) y transcurridos treinta días desde que tuvo lugar el requerimiento de pago y las notificaciones previstas en el articulo 236-f.1. del Reglamento Hipotecario, por medio de la presente se anuncia subasta pública notarial, comunicando lo siguiente:
1°.- Finca objeto de la subasta.
Finca urbana en Burgos:
Número trece.- Vivienda sita en Carretera de Poza, número ocho, piso tercero, letra D. Tiene una superficie construida de sesenta y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados.
Se compone de cuatro habitaciones, cocina, aseo, pasillo y vestíbulo de entrada.
Linda: Norte, carretera de Villímar; Sur, vestíbulo de escalera, escalera y patio de luces; Este, finca propiedad de Viviendas Castilla, S.A.; y Oeste, vivienda letra D de esta planta.
Cuota de participación.- 2,31 por ciento.
Inscripción.- Registro de la Propiedad n.º 3 de Burgos, al tomo 3.888, libro 555, folio 76, finca 3.194-bis, inscripción 15ª.
2°.- Lugar de la celebración.
Locales de la Notaría a mi cargo, sitos en la Ciudad de Burgos, Avenida del Cid, número 2, piso primero
3°.- Fecha de celebración.
La primera subasta tendrá lugar a las 17,30 horas del día 21 de septiembre de 2.011, la segunda, en su caso, a las 17,30 horas del día 19 de octubre de 2.011 y, la tercera, si ha lugar, a las 17,30 horas del día 21 de noviembre de 2.011.
4°.- Tipo de las subastas.
El tipo que servirá de base para la primera subasta se fija en la suma de ciento ochenta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho euros con dieciséis céntimos(187.498,16 Euros); para la segunda subasta, en su caso, el tipo será el setenta y cinco por ciento de la cantidad señalada para la primera; y, la tercera subasta, si ha lugar a ella, se celebrará sin sujeción a tipo.
5°.- Documentación.
La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a y 236.b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la propia Notaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.
6°.- Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
7°.- Para el caso de que resultare infructuosa la notificación prevista en el artículo 236-d.1. del Reglamento Hipotecario a la persona a cuyo favor esté practicada la última inscripción de dominio sobre la finca objeto de la subasta y a los titulares de cargas, gravámenes y asientos posteriores a la hipoteca que se ejecuta, y, en su caso, al hipotecante no deudor, al fiador, al arrendatario de la finca hipotecada y a cualquier otra persona que se crea con interés legítimo a intervenir en el procedimiento, en virtud de lo dispuesto en el párrafo segundo del articulo 236-d.2 del Reglamento Hipotecario, sirva el presente para notificarles que pueden intervenir, si les conviene, en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada con la hipoteca y el lugar, día y hora fijados para la celebración de aquella."
Burgos, 2 de agosto de 2011.- La Notario Ana María Mateos Agut en sustitucióndel Notario de Burgos, don Joaquín Julio Romeo Maza.
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