Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BOE-B-2011-29020

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 2011, páginas 86089 a 86089 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-29020

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Teruel anuncia: Que en el procedimiento concursal número 353/2010 referente al concursado Pelbor, Sociedad Anónima, por auto de fecha dieciséis de julio de dos mil once, se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Aprobar la propuesta anticipada de liquidación presentada por el deudor Pelbor Sociedad Anónima.

Segundo.- Declarar finalizada la fase común del presente concurso.

Tercero.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con certificación de esta resolución.

Cuarto.- Quedar en suspenso, durante la fase de liquidación, las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

Quinto.- Disolver la entidad concursada, Pelbor, Sociedad Anónima, y cesar a los administradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal.

Sexto.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados consistentes en dinero, así como la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Séptimo.- Anunciar, por edictos, la apertura de la fase de liquidación, que se remitirán al BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, preferentemente de forma telemática, así como se fijará otro en el tablón de anuncios de esta oficina judicial.

Octavo.- Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos.

Noveno.- Formar la Sección Sexta de Calificación del concurso, que se encabezará con certificación de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Décimo.- Emplazar, por quince días, a los acreedores del presente concurso y a cualquier persona que acredite interés legítimo, para personarse y ser parte en la sección 6ª alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, emplazamiento que se hará constar en el edicto ya acordado para la publicidad de la apertura de fase de liquidación.

Undécimo.- Conforme a lo establecido en el artículo 152 LC, a contar desde la firmeza de la presente resolución, la Administración Concursal presentará cada tres meses un informe sobre el estado de las operaciones, que quedará de manifiesto en la secretaría de este Juzgado.

Teruel, 16 de julio de 2011.- El/La Secretaria Judicial.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril