El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 114.3 y 143.1 de la Ley Concursal, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 836/10, referente al concursado Dora de Lourdes Delgado Lugo, por auto de fecha 01/09/2011 ha acordado los siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 13/06//11, por no haberse admitido a trámite ninguna propuesta de convenio por no haber sido presentada.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 27/10/2011.
3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concusado sobre su patrimonio.
Madrid, 1 de septiembre de 2011.- Secretario Judicial.
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