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Por Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua de fecha 1 de junio de 2010, se ha aprobado el Proyecto constructivo "Dotación de infraestructuras generales para el riego con agua residual regenerada procedente de la EDAR de Arroyo de la Miel (Málaga)". Clave 06.329.0297/2111.
La actuación objeto de este Proyecto Constructivo, se encuentra amparada por la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. La actuación cuenta por tanto con la declaración de utilidad pública, y se encuentra incluida en el Anexo IV de dicha Ley 11/2005 "Actuaciones prioritarias y urgentes en las cuencas mediterráneas", en el apartado de la Cuenca Hidrográfica del Sur, con el título 1.2.g) "Reutilización de aguas residuales en la Costa del Sol". La disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 15/2005, de 16 de diciembre, establece la urgente necesidad de ocupación de los terrenos necesarios para la actuación.
Las obras definidas en dicho proyecto han sido encomendadas a la Sociedad Estatal Acuamed, incluyéndose en el Convenio de Gestión Directa suscrito entre ésta y el Ministerio de Medio Ambiente con fecha de 29 de septiembre de 2005 e interviniendo ésta como entidad beneficiaria de la expropiación en los correspondientes expedientes, según establece el artículo 132 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
En consecuencia, esta Dirección General del Agua ha acordado la iniciación del correspondiente expediente de expropiación forzosa, por causa de utilidad pública, que se tramitará de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 52, y concordantes, de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y, por lo tanto, convocar mediante notificación individualizada, Edictos en los Ayuntamientos y publicación en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia y en los diarios "El Sur" y "La Opinión", a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados por el meritado proyecto, para que comparezcan en los Ayuntamientos donde radican los mismos, para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y Actas de Ocupación, sin perjuicio de trasladarse al terreno si se estima necesario.A dichos actos deberán comparecer todos los titulares de los bienes y derechos afectados, por sí o representados por persona provista de poder suficiente, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF), como de la titularidad de los mismos y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo los comparecientes que lo deseen hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario, advirtiéndose que, en caso de incomparecencia, se entenderán las ulteriores diligencias con el Ministerio Fiscal según previene el artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa.
El orden de levantamiento de Actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos de los Ayuntamientos señalados.
Es de significar que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos de información pública durante un plazo de quince (15) días hábiles, contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y en los diarios "El Sur" y "La Opinión", en la forma dispuesta en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, para que los propietarios que figuran en la relación contenida en dichas publicaciones y todas las demás personas o entidades que se consideren afectadas por las obras, puedan formular por escrito ante esta Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n. 28071 Madrid, las alegaciones que consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores o cualquier otra deficiencia del proyecto en la relación, alegaciones que podrán prolongarse hasta el momento del levantamiento de Actas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa. Estas alegaciones podrán formularse igualmente en las oficinas de la Empresa Estatal, Beneficiaria de la expropiación,"Aguas de la Cuencas Mediterráneas, S.A." (Acuamed), C/ Albasanz, n.º 11, 28037 Madrid, donde se podrán consultar los planos parcelarios, lo que podrán hacer igualmente en las oficinas de los Ayuntamientos donde radican los bienes y derechos afectados.
Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la modificación efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Calendario para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación |
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Ayuntamiento |
Fecha |
Hora |
Benalmádena |
Día 27 de Octubre de 2011 |
12:00h |
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por las obras correspondientes al Proyecto de construcción "Dotación de infraestructuras generales para el riego con agua residual regenerada procedente de la EDAR de Arroyo de la Miel (Málaga)". Clave 06.329.0297/2111"
Término municipal de Benalmádena
Finca |
Referencia Catastral |
Titular |
Servidumbre (m²) |
Ocupación Temporal (m²) |
Dia |
Hora |
1 |
1710203UF6511S0001TI |
Benalmádena de Inversiones, S.A. |
68 |
4.450 |
27/10/2011 |
12:00 |
Madrid, 15 de septiembre de 2011.- La Ministra, P.D. Orden ARM/1603/2010, de 8 de junio, BOE de 17 de junio de 2010, Capítulo II, Sección 8ª, a), la Directora General del Agua, Marta Moren Abat.
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