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Documento BOE-B-2011-32564

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 11 de octubre de 2011, páginas 90997 a 90997 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-32564

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 167/2011, Sección I Declaración Concurso Abreviado se ha dictado a instancias de PIEDRA NATURAL ASUAR, S.L., en fecha veintiocho de septiembre de dos mil once Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor PIEDRA NATURAL ASUAR, S.L., con CIF B-06450001, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Calle Arroyo Harnina, s/n, parcela n.º 12 de Almendralejo.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que estará integrada por:

Don Francisco Javier Panadero Alburquerque, con domicilio en calle Prim, n.º 9, portal 3, 1.º B, de Badajoz.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador Concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 28 de septiembre de 2011.- Secretaria judicial.

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