El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasaia, en su sesión de 28 de septiembre de 2011, en ejercicio de la competencia otorgada por el Art. 40.5.ñ de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por las Leyes 62/1997, de 26 de diciembre, 48/2003, de 26 de noviembre, y 33/2010, de 5 de agosto, ha otorgado a "Torre Atze Arrantza Kluba" una concesión cuyas características principales son las siguientes:
Destino: gestión de los amarres de las instalaciones náutico-recreativas en la zona de San Pedro del puerto de Pasaia, con una ocupación de 4.141 metros cuadrados de lámina de agua.
Plazo: Quince (15) años.
Tasas:
Tasa de ocupación: 27.149,78 €/año.
Tasa de actividad: exenta en aplicación del artículo 8.2.f) de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 33/2010, de 5 de agosto.
Pasaia, 5 de octubre de 2011.- El Presidente, Lucio Hernando Albístegui.
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