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Documento BOE-B-2011-33328

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2011, páginas 92103 a 92103 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33328

TEXTO

Edicto

Doña Lucía Peces Gómez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración concurso 140/2011, se ha dictado a instancias de Hijos de Máximo Sánchez, S.L. (Himaxsa, S.L.) con CIF B-06386874 en fecha 27 de julio de dos mil once, auto de declaración de concurso del deudor Hijos de Máximo Sánchez, S.L. (Himaxsa, S.L.), cuyo centro de intereses principales lo tiene en Don Benito, Badajoz, calle Pozo Nuevo, 10.

Segundo.- Se ha acordado que las facultades de Administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que estará integrada por el Letrado don Jose Merchán Moto, con domicilio en calle Hernán Cortés, número 8.1 de Badajoz.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador Concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, si la publicación se produjera en el mes de agosto, el plazo empezará a computar desde el primer día hábil del mes de septiembre, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 27 de julio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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